01 Presupuesto, cobro y financiación
Cómo se genera un presupuesto que obliga y protege, cómo se cobra (señal, anticipos, efectivo, bonos) y cómo se financia un tratamiento sin heredar el problema de iDental. Regla que ordena el documento: el presupuesto aceptado es un contrato — hazlo tan bien como la historia clínica.
Documento estatal con bloque andaluz (consumo y hojas de reclamaciones son competencia autonómica).
1. El presupuesto: cómo se genera y qué debe llevar
El marco: antes de contratar debes informar del precio total con impuestos (art. 60 TRLGDCU); en Andalucía, el consumidor tiene derecho a presupuesto previo por escrito si lo pide — no se puede negar (Ley 13/2003 + criterio de Consumo de la Junta), el presupuesto aceptado y firmado vincula, cobrar por elaborarlo solo cabe si se avisó antes, y toda modificación se firma por ambas partes. La deontología añade lo suyo: honorarios "dignos, proporcionados y no abusivos" (art. 92.2 CDM 2022).
Contenido de un presupuesto correcto (por sesión, por zona o por vial):
PRESUPUESTO Nº 2026-034 · Fecha · Validez: 60 días
Dra. [nombre] · Colegiada nº [ ] · Centro [nombre] · NICA [ ]
Paciente: [nombre] (el presupuesto es económico; el consentimiento
informado es documento aparte y se firma antes de cada acto)
Plan de tratamiento (ver plan clínico entregado):
Fase 1 · Neuromodulador tercio superior ............ 350,00 € (IVA 21 % incl.)
Fase 2 · Relleno AH surco, por jeringa ..... 2 × 320,00 € (IVA 21 % incl.)
Fase 3 · Revisión a 2 semanas ............................. incluida
Total plan: 990,00 € · Formas de pago: [ ] · Señal de reserva: [ ] €
Condiciones de cancelación/no-show: [las del apartado 2, por escrito]
Este presupuesto no garantiza resultados; el nº de sesiones puede
variar según respuesta clínica (toda variación se presupuesta y firma).
Acepto: [firma del paciente] [firma de la médica]
- IVA siempre dentro y visible (21 % estética; línea exenta solo si es terapéutica documentada).
- Validez autoimpuesta (60-90 días es razonable): sin ella, el precio te vincula indefinidamente.
- Firma de aceptación: es lo que lo convierte en contrato y lo que prueba que cumpliste el art. 60.
- Consérvalo 5 años junto a su factura (4 fiscales + margen civil), enlazado a la historia.
- Presupuesto ≠ consentimiento: documentos separados, firmas separadas, momentos separados (
02 §2).
2. Señal, anticipos y no-shows
- Pedir señal para reservar es legal también en sanidad. Tres condiciones acumulativas (TRLGDCU): informada antes de contratar (art. 60), proporcional al perjuicio real (art. 85.6 — la penalización desorbitada es nula) y recíproca (art. 87.2 — si cancelas tú, compensas igual). Una tarifa de no-show que no se comunicó por adelantado y por escrito es inexigible.
- Cuantías defendibles en el sector: señal del 10-20 % o importe fijo moderado (20-50 €) descontable del tratamiento; retención total solo con cancelación de última hora y comunicada.
- El IVA del anticipo se devenga al cobrarlo (art. 75.Dos LIVA): señal de tratamiento estético → 21 % en el momento del cobro, con factura del anticipo. Si luego devuelves la señal, factura rectificativa (art. 80 LIVA).
3. Bonos y packs de sesiones
- IVA: un pack de sesiones definidas en tu consulta es bono univalente (lugar y tipo conocidos al emitirlo) → el IVA (21 %) se devenga al vender el pack, no al consumir cada sesión (Resolución DGT 28-12-2018 sobre bonos; no existe un "art. 8 bis LIVA").
- Caducidad: Consumo en Andalucía ataca la caducidad de vales y bonos (hay sanción de 20.000 € a una cadena por tarjetas regalo con caducidad). La práctica segura: validez razonable (12 meses) + siempre devolución o crédito de las sesiones no consumidas si el paciente desiste o hay contraindicación. La cláusula "las sesiones no disfrutadas se pierden" es atacable como abusiva. (Y si quien termina la relación eres tú: devolución obligada —
04 §5.) - Deontología y prudencia: no hay prohibición expresa de packs médicos, pero el pack agresivo choca con los arts. 92.1/89.1 CDM, y Consumo recomienda públicamente no pagar tratamientos completos por adelantado. La estructura limpia: pago por sesión realizada (que además te saca entero del perfil de riesgo iDental), o pack corto con devolución garantizada. Cada sesión conserva su indicación y su CI en su momento.
4. Financiación: cómo ofrecerla sin heredar iDental
El marco vigente (julio 2026) es la Ley 16/2011 de crédito al consumo:
- Si el paciente financia con una financiera vinculada a tu consulta, es crédito vinculado: si el servicio no se presta o es defectuoso, el paciente puede dejar de pagar a la financiera y recuperar lo pagado (arts. 26.2 y 29 — la doctrina que salvó a las víctimas de iDental), y además tiene 14 días de desistimiento del crédito (art. 28). Traducción: si un tratamiento financiado se tuerce, el problema vuelve a ti por dos vías.
- Tu papel correcto: trabajar con una financiera externa regulada (Alma, Aplazame, Pepper o la financiera de tu banco) como intermediaria "a título subsidiario" — la responsabilidad informativa es del prestamista, y tú no puedes cobrar al paciente por intermediar. Reglas de oro: nunca se firma la financiación antes que el presupuesto y el CI, y nunca financies por delante sesiones no planificadas.
- Fraccionamiento propio: legal sin ser entidad de crédito solo si es al 0 % y sin ningún gasto (art. 4.2 — queda fuera de la ley de crédito al consumo). El formato más limpio: calendario de pagos ligado a sesiones realizadas.
- Reforma en marcha: el anteproyecto de nueva Ley de Crédito al Consumo (Consejo de Ministros, enero 2026; la directiva europea aplica desde el 20-11-2026) traerá reserva de actividad con autorización del Banco de España para prestar/intermediar, con exención para pymes que aplacen el pago de sus propios servicios sin intereses y un registro de prestamistas subsidiarios. Si ofreces financiación, que tu gestoría siga la tramitación.
5. El cobro: efectivo, tarjeta y el límite de los 1.000 €
- Prohibido cobrar en efectivo operaciones de 1.000 € o más cuando interviene un profesional (art. 7 Ley 7/2012, reforzado por la Ley 11/2021). Y fraccionar no escapa: se suman todos los pagos de una misma operación — un tratamiento de 1.800 € pagado en dos efectivos de 900 € sigue siendo ilegal. Sanción: 25 % de lo pagado en efectivo, de la que respondéis los dos (quien denuncia a la AEAT en 3 meses queda exento — el incentivo está diseñado para que te delaten).
- Tarjeta/Bizum: ningún medio de pago es legalmente obligatorio; lo obligatorio es informar antes de los medios aceptados, y no puedes recargar por usar tarjeta más de lo que te cuesta (arts. 60.2 y 60 ter TRLGDCU). En la práctica, TPV es imprescindible con el límite de efectivo.
- Cada cobro, con su factura (05 Facturar por acto y "por vial": mecánica, producto y software).
6. Transparencia de precios (y lo que no puedes hacer con ellos)
- Lista de precios disponible en el centro: obligación de consumo — en Andalucía hay sanciones a clínicas por no exhibirla. Tenla impresa y actualizada (precios con IVA).
- Lo que no puedes hacer: captación con publicidad de precios (art. 93 CDM), sorteos/2x1/tratamientos-premio (art. 89.2), descuentos que toquen medicamentos o productos sanitarios (prohibición reforzada; inspecciones intensificadas en 2026). El mapa completo de promociones seguras/grises/prohibidas:
03 §2y 10 Nichos y estrategias de marketing: el mercado español 2026 §5.
7. [Andalucía] Hojas de reclamaciones: la norma vigente y el cambio de 2026
- Norma vigente: Decreto 82/2022 (sustituyó al 472/2019): hojas en papel disponibles + cartel informativo visible (también en tu web si contratas a distancia) + respuesta razonada en 10 días hábiles con propuesta de solución y posicionamiento expreso sobre mediación/arbitraje. No responder es infracción autónoma.
- Nuevo — Orden de 24 de abril de 2026 (en vigor 20-5-2026): sistema electrónico Hoj@ (app/web con QR del establecimiento) y carteles nuevos. La adhesión es obligatoria: 12 meses para pymes → una consulta pequeña debe estar en Hoj@ hacia mayo de 2027, con la cartelería actualizada. Agéndalo.
- Cómo se responde a una reclamación sin empeorarla:
04 §3.
Checklist
- [ ] Plantilla de presupuesto (§1) con validez, IVA visible, condiciones de cancelación y doble firma.
- [ ] Política de señal/no-show por escrito y comunicada al reservar (web + confirmación de cita).
- [ ] Factura de cada anticipo con su 21 %; rectificativa si se devuelve.
- [ ] Bonos: validez 12 meses + devolución de lo no consumido, por escrito.
- [ ] Financiación: financiera externa regulada; nunca firmar crédito antes que presupuesto + CI; fraccionamiento propio solo 0 % sin gastos.
- [ ] TPV operativo; cartel de medios de pago; regla de los 1.000 € explicada a recepción (sin fraccionamientos "creativos").
- [ ] Lista de precios exhibida; cero promociones con precio en publicidad.
- [ ] Hojas de reclamaciones + cartel del Decreto 82/2022; alta en Hoj@ antes de mayo 2027.
[Pendiente de confirmar]
- Anteproyecto de Ley de Crédito al Consumo (en tramitación; directiva aplica 20-11-2026): puede cambiar los requisitos para ofrecer financiación.
- RD de publicidad de productos sanitarios (en tramitación final 2026): endurecerá descuentos/promos de productos.
- Plazo exacto de adhesión obligatoria a Hoj@ para tu caso (12 meses desde la Orden de 24-4-2026 para pymes).
Vigente a julio 2026; confirma cifras y plazos con tu gestoría/asesoría de consumo antes de imprimir carteles y plantillas.