01 Guía de contratación de personal, Gabinete de medicina estética (U.48, Andalucía)

Para: médica titular del gabinete, de cara a la fase 2 (incorporar enfermera/DUE y/o recepción). Qué es esto: qué convenio te obliga, qué contrato usar, cuánto te cuesta de verdad una trabajadora (bruto + Seguridad Social), los trámites en orden, y los tres puntos que la Inspección y el Colegio miran con lupa: intrusismo, falso autónomo y protección de datos.

Regla de oro antes de empezar: el coste real de una persona no es su nómina; es su nómina × ~1,32. Presupuesta con esa cifra, no con el bruto.


1. El convenio que te aplica

No eliges convenio: te viene dado por la actividad (asistencia sanitaria privada) y por la provincia del centro. En Andalucía el convenio de este sector es provincial, no autonómico ni estatal. Los dos que te afectan según dónde abras:

Provincia Convenio Código Vigencia Situación a julio 2026
Sevilla Convenio Colectivo de las empresas de Hospitalización, Internamiento, Consultas, Asistencia y Laboratorios de Análisis Clínicos para Sevilla y provincia 41001445011988 01-01-2023 → 31-12-2025 Vencido → en ultraactividad (se sigue aplicando hasta firmar el nuevo). Confirma la tabla salarial en vigor con tu gestoría
Huelva Primer Convenio Colectivo Provincial de la Sanidad Privada de Huelva (firmado abril 2026) [verificar código en BOP Huelva] Hasta 31-12-2027, efectos económicos retroactivos desde enero 2025 Vigente y nuevo. Huelva no tenía convenio propio hasta abril de 2026

Por qué te aplica aunque seas una consulta pequeña: el ámbito funcional de estos convenios cubre expresamente las consultas y clínicas de asistencia sanitaria privada, no solo los hospitales. El de Huelva lo dice con todas las letras: hospitales, consultas médicas de distintas especialidades, centros de atención urgente y domiciliaria, laboratorios, clínicas dentales y oftalmológicas, gabinetes de psicología, psiquiatría y fisioterapia. Un gabinete U.48 con enfermería y recepción encaja de lleno.

Aclaración terminológica: en Andalucía verás dos denominaciones para lo mismo según provincia, "Establecimientos Sanitarios y Clínicas Privadas" (Cádiz, Córdoba, Granada) y "Hospitalización, Internamiento, Consultas, Asistencia y Laboratorios" (Sevilla). Son el mismo tipo de convenio sectorial de sanidad privada. No te aplica el convenio de peluquería/estética/imagen personal: en cuanto hay actividad sanitaria y enfermería, mandas al de sanidad privada.

Qué te fija el convenio

Materia Sevilla (41001445011988) Nota
Jornada anual 1.653 horas/año ~37,5 h/semana efectivas de media
Categorías (grupo sanitario titulado) ATS / DUE / Graduado en Enfermería El médico va en grupo aparte (titulado superior)
Categorías (grupo administrativo) Auxiliar administrativo, recepcionista/telefonista, oficial administrativo Recepción encaja aquí
Incrementos pactados +4% (2023), +3% (2024), +3% (2025); complemento de fidelización Marcan el suelo salarial de cada año
Estructura salarial Salario base + complemento convenio + antigüedad + pagas extra Anexo I del convenio (BOP)

Tablas salariales orientativas (a sustituir por el Anexo I vigente): [verificar convenio y tablas salariales vigentes]

Categoría Bruto anual orientativo Estado
Enfermera / DUE (jornada completa) ~19.000–22.000 € [verificar tabla Anexo I]
Auxiliar administrativo / recepcionista (jornada completa) ~16.500–18.500 € [verificar tabla Anexo I]

Suelo legal que ningún convenio puede rebajar: SMI 2026 = 1.221 €/mes × 14 = 17.094 €/año a jornada completa. Si la tabla del convenio para la categoría quedara por debajo del SMI, se paga el SMI.

Fuentes: convenio Sevilla (código, vigencia, jornada 1.653 h) https://www.iberley.es/convenios/sector/convenio-colectivo-sector-hospitalizacion-internamiento-consultas-asistencia-y-laboratorios-analisis-clinicos-sevilla-y-provincia-codigo-4101445-3200196 · texto y acuerdos https://noticias.juridicas.com/base_datos/Laboral/839160-convenio-colectivo-del-sector-de-empresas-de-hospitalizacion-internamiento.html · CCOO ficha Sevilla https://ccoo.app/convenio/convenio-colectivo-hospitalizacion-internamiento-consultas-asistencia-y-laboratorios-de-sevilla/ · convenio Huelva (abril 2026) https://www.diariodehuelva.es/articulo/sin-categoria/huelva-firma-primer-convenio-colectivo-provincial-sanidad-privada-casi-dos-anos-negociacion/20260408123649335919.html · SMI 2026 https://www.sepe.es/HomeSepe/es/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/noticias/detalle-noticia.html?detail=boe-publica-smi-2026


2. Tipo de contrato y bonificaciones

El contrato: indefinido por defecto

Desde la reforma laboral de 2021 (RDL 32/2021) el contrato es indefinido salvo causa tasada. El "contrato por obra" desapareció. Para una plaza estable de enfermera o recepción, el temporal no encaja y expone a acta de Inspección.

Modalidad Cuándo usarla en tu gabinete Aviso
Indefinido La norma. Enfermera y recepción son plazas estructurales → indefinido Puede ser a jornada completa o parcial
Indefinido a tiempo parcial Si abres media jornada o tardes. Debe constar por escrito el nº de horas y su distribución Las horas complementarias solo si se pactan por escrito
Temporal por circunstancias de la producción Pico puntual y previsible (campaña). Máximo 6 meses (ampliable a 1 año por convenio) No sirve para cubrir una plaza permanente
Temporal por sustitución Cubrir una baja/permiso concreto (maternidad, IT) Debe identificar a la persona sustituida
Fijo-discontinuo Actividad estable pero intermitente Poco habitual en consulta
Formativo (en alternancia / para práctica profesional) Si incorporas a alguien en formación Requiere plan formativo y tutor

Bonificaciones vigentes en 2026, la verdad incómoda

No existe hoy la bonificación "por primer trabajador" ni "por contratar a una mujer". La Ley 43/2006 (que las tenía) fue derogada por el RDL 1/2023, en vigor desde el 1 de septiembre de 2023. El sistema actual son importes fijos mensuales, y la bonificación depende del PERFIL de la persona que contratas, no de que sea tu primera empleada ni de su sexo por sí solo.

Lo que sí podrías aplicar, según a quién contrates:

Perfil de la persona contratada (indefinido) Bonificación cuota empresa Duración
Desempleado/a de larga duración 110 €/mes 3 años
Desempleada de larga duración mujer o mayor de 45 128 €/mes 3 años
Joven < 30 de baja cualificación (Garantía Juvenil) hasta 275 €/mes hasta 36 meses
Persona con discapacidad (≥33%) reducción/bonificación alta (hasta ~6.300 €/año) vigencia del contrato
Víctima de violencia de género, trata o violencia sexual 128 €/mes 4 años
Conversión de contrato formativo a indefinido 128 €/mes (147 € mujer) 3 años

El sexo "mujer" solo suma como complemento dentro de un colectivo bonificado (p. ej. parada de larga duración: 128 € frente a 110 €), o como colectivo propio únicamente en el caso de víctima de violencia de género. Contratar a una mujer enfermera que venía de otro empleo no genera, por sí mismo, ninguna bonificación.

Requisitos comunes (si aplicas bonificación): estar al corriente con Hacienda y Seguridad Social, mantener el empleo 3 años, y no haber hecho despidos declarados improcedentes en los 12 meses previos. Regla general: una sola bonificación estatal por contrato (no se acumulan).

Conclusión práctica: presupuesta el coste sin contar con bonificación. Si la candidata encaja en un colectivo, es un extra, no la base del plan.

Fuentes: RDL 1/2023 (BOE) https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-625 · tabla bonificaciones 2026 https://www.grupo2000.es/el-gobierno-aprueba-nuevas-bonificaciones-para-la-contratacion-laboral/ · https://cursos-sepe.com/bonificaciones-contratacion-2026/ · SEPE https://www.sepe.es/HomeSepe/en/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/publicaciones/publicaciones-oficiales/listado-pub-empleo/bonificaciones-reducciones-contratacion-laboral/bonificaciones-reducciones-contrato-indefinido-temporal-ambitos-colectivos-especificos.html


3. Coste empresa: bruto + Seguridad Social

Sobre el salario bruto pagas, además, la cotización a la Seguridad Social a cargo de la empresa. Desglose para un contrato indefinido en 2026:

Concepto Tipo a cargo de la empresa
Contingencias comunes 23,60 %
Desempleo (indefinido) 5,50 %
FOGASA 0,20 %
Formación Profesional 0,60 %
MEI (Mecanismo de Equidad Intergeneracional, 2026) 0,75 %
AT y EP (tarifa de primas, actividad sanitaria/oficina) ~1,50 % [verificar CNAE-2025 del centro]
Total orientativo empresa ≈ 32 %

Con contrato temporal el desempleo sube al 6,70 % → total ≈ 33 %. La parte del trabajador (~6,45 %: contingencias comunes 4,70 + desempleo 1,55 + FP 0,10 + MEI 0,15) se descuenta de su nómina, no es coste añadido para ti.

Ejemplo trabajado, coste anual de una enfermera

Usando ~32 % de cotización empresarial y cifras de bruto orientativas (sustituye por la tabla del convenio):

Media jornada (50 %) Jornada completa
Salario bruto anual 10.000 € [verificar tabla] 20.000 € [verificar tabla]
Seguridad Social empresa (~32 %) 3.200 € 6.400 €
Coste total empresa/año ≈ 13.200 € ≈ 26.400 €
Coste total mensualizado (÷12) ≈ 1.100 €/mes ≈ 2.200 €/mes

Suelos legales que no puedes bajar en 2026: - Jornada completa: mínimo 17.094 €/año (SMI). Coste empresa ≈ 22.560 €/año. - Media jornada: mínimo 8.547 €/año (50 % del SMI). Coste empresa ≈ 11.282 €/año.

Si la tabla del convenio para DUE supera el SMI (lo habitual), manda la del convenio. Recalcula el ejemplo cuando tengas el Anexo I vigente.

Fuentes: tipos de cotización 2026 (Orden PJC/297/2026) https://www.laboral-social.com/publicada-orden-cotizacion-2026 · https://www.sage.com/es-es/blog/las-cotizaciones-a-la-seguridad-social-conceptos-bases-y-porcentajes/ · tarifa de primas AT/EP 2026 (CNAE-2025) https://www.iberley.es/temas/tarifa-primas-contingencias-profesionales-accidente-trabajo-enfermedad-profesional-2026-6571 · SMI 2026 https://www.sepe.es/HomeSepe/es/que-es-el-sepe/comunicacion-institucional/noticias/detalle-noticia.html?detail=boe-publica-smi-2026


4. Trámites: el orden correcto

Todo esto lo ejecuta tu gestoría laboral, pero conviene que sepas qué pasa y en qué orden. Nada de "ya lo regularizo": el alta tiene que ser previa al primer minuto de trabajo.

  1. Inscripción de la empresa en la Seguridad Social y obtención del Código de Cuenta de Cotización (CCC). Solo la primera vez. Incluye elegir mutua de accidentes.
  2. Afiliación de la trabajadora (si es su primer empleo) y alta en la Seguridad Social, obligatoriamente antes del inicio de la actividad (se puede tramitar hasta 60 días antes; nunca después).
  3. Contrato por escrito. El tiempo parcial y el temporal, siempre por escrito y con las horas detalladas.
  4. Comunicación del contrato al SEPE a través de Contrat@, en 10 días hábiles desde la firma.
  5. Nómina mensual + ingreso de cuotas a la SS por liquidación directa (SILTRA), a mes vencido.
  6. IRPF: retención en la nómina e ingreso trimestral (modelo 111) y resumen anual (modelo 190).
  7. Registro de jornada diario (obligatorio para toda la plantilla) y registro salarial.

PRL y formación (obligatorio desde el día 1)

Con personal por cuenta ajena, la prevención de riesgos laborales deja de ser opcional. Un gabinete estético tiene riesgos reales: biológico (pinchazos, protocolo post-exposición), químico, láser/IPL (radiación), ergonómico y residuos sanitarios. Obligaciones mínimas:

El desarrollo operativo de PRL (evaluación, SPA, protocolo de pinchazo, láser) va en el plan de puesta en marcha, ya redactado: Prevención de riesgos laborales, riesgo biológico y protocolo de exposición accidental.


5. Enfermera (DUE): colegiación, seguro y la línea roja clínica

Requisitos de la persona

La línea que no se cruza

Contratar enfermería no traslada actos médicos a la enfermera. El reparto:

Quién Puede No puede
Médica titular Indicar y pautar el tratamiento; infiltrar toxina y rellenos; láser médico; manejar complicaciones
Enfermera / DUE Administrar tratamientos bajo prescripción, protocolo y dirección facultativa Indicar el tratamiento; infiltrar de forma autónoma
Esteticista / auxiliar Preparación, cosmética no invasiva, asistencia Inyectar — nunca

La indicación y los actos reservados son del médico. La enfermera ejecuta lo que tú prescribes y protocolizas; no decide qué se pone ni a quién. Delegar mal es intrusismo, y en un local abierto al público con servicios anunciados encaja en el tipo agravado del art. 403 CP (prisión, no multa), con responsabilidad civil solidaria para ti y posible nulidad de la cobertura del seguro. El desarrollo completo, casos reales y penas: 03 Régimen sancionador e inspección, Medicina estética (U.48, Andalucía) (apartado 4, intrusismo).

Fuentes: Ley 44/2003 LOPS https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-21340 · reparto competencial y criterio TS (enlaces en 03) · art. 403 CP https://www.conceptosjuridicos.com/codigo-penal-articulo-403/


6. Falso autónomo vs contrato laboral vs TRADE

Tentación clásica al abrir: "que la enfermera facture como autónoma y me ahorro la Seguridad Social". Es la vía rápida al acta de Inspección. Lo que determina la figura no es cómo la llames, sino cómo trabaja realmente.

Figura Cuándo procede Riesgo
Contrato laboral La persona trabaja en tu centro, con tu material, en tu horario, bajo tus órdenes y protocolos, y cobra periódicamente. Es el caso de una enfermera o recepcionista de tu gabinete Ninguno: es lo correcto
Autónomo genuino Profesional con organización propia, varios clientes, asume el riesgo, pone sus medios, sin horario impuesto por ti Válido solo si es real
TRADE (autónomo económicamente dependiente) Autónomo real que factura ≥ 75 % de sus ingresos a un solo cliente; contrato registrado en el SEPE Figura acotada; poco encaje para personal de plantilla
FALSO autónomo Le haces facturar como autónoma pero trabaja con dependencia y ajenidad (tu sitio, tu horario, tus órdenes) Acta de Inspección: alta de oficio, cuotas atrasadas con recargo (hasta 4 años), sanción, y conversión en indefinido

Las notas que delatan al falso autónomo son las que definen tu gabinete: ajenidad (los pacientes y el cobro son tuyos, no de ella) y dependencia (trabaja donde, cuando y como tú marcas). Una enfermera o recepcionista integrada en tu consulta es trabajadora por cuenta ajena, punto. La Inspección de Trabajo persigue esto de forma activa en clínicas.

Fuentes: Estatuto del Trabajo Autónomo (Ley 20/2007, TRADE) https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-13409 · encaje laboral y falso autónomo (marco Inspección, ver 03)


7. Aviso RGPD: contratar personal sanitario puede activar el DPD

Dos frentes de protección de datos que atender el día que incorporas personal:

  1. Valorar el Delegado de Protección de Datos (DPD). Mientras ejerces sola, a título individual, la excepción del art. 34.1.o LOPDGDD te libra. Al contratar enfermería/DUE se discute si sigues ejerciendo "a título individual", así que lo prudente es presupuestar/valorar el DPD (art. 37 RGPD + art. 34 LOPDGDD) y confirmar el encaje del art. 34.1.o con especialista/AEPD antes de darlo por obligatorio. Si finalmente procede, la designación se comunica a la AEPD en 10 días y lo normal es un DPD externo; presupuéstalo por si acaso.
  2. Compromiso de confidencialidad firmado por cada persona con acceso a historias clínicas, antes de su primer día.

Ambos puntos están desarrollados, con plantillas listas para firmar, en: - Guía práctica de cumplimiento RGPD/LOPDGDD (apartado 5, DPD). - COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD Y DEBER DE SECRETO DEL PERSONAL (plantilla de confidencialidad).

Fuentes: art. 34 LOPDGDD https://www.iberley.es/legislacion/articulo-34-ley-organica-proteccion-datos-personales-garantia-derechos-digitales-lopdgdd · DPD en centros sanitarios https://protecciondatos-lopd.com/empresas/delegado-proteccion-datos-hospitales/


Pendientes de verificar (antes de firmar nada)


Documento de trabajo. Vigencia normativa y cifras a julio de 2026. Las tablas de convenio, el SMI y las bonificaciones cambian cada año: contrasta con tu gestoría laboral antes de cada contratación.